Proyecto Gominolandia

Add comment Mayo 27, 2008

proyecto de empresa de la wiki

Guión Plan de Empresa

Tabla de contenidos

No hay encabezados

1 ANTECEDENTES DEL PROYECTO

Describir las ideas originales y cómo se fueron madurando, cómo surgió la idea final a desarrollar, en qué momento y por qué.

Se deben describir los orígenes, motivos y objetivos que se persiguen con la creación de la empresa.

2 ANÁLISIS DEL PRODUCTO O SERVICIO

  • ¿A qué CLIENTEs va dirigido el producto o servicio:

  • Necesidades que cubre y soluciona el producto o servicio: Indicar qué necesidades y carencias cubre y soluciona el producto o servicio bien sea de forma parcial o total.

  • Utilidad percibida por el cliente.

  • Descripción del servicio o producto: Definir brevemente cuáles son los productos o servicios que la empresa pretende ofertar en el mercado.

  • Describir las características que posee el producto o servicio a ofrecer.

  • ¿Nuestro Producto/Servicio podría ser el primero en alguna categoría?

  • ¿En qué categoría?
  • Ventajas competitivas: Indicar las ventajas que ofrece su producto o servicio (calidad, precio, etc.) con respecto a otros que existen en el mercado actualmente y que puedan considerarse iguales o similares. Indicar también si el producto incorpora algo novedoso o innovador.

  • Análisis P.E.S.T. (Político, Económico, Sociológico, Tecnológico)

  • Barreras de Entrada

  • a.- para nuestro P/S

  • b.- para la competencia

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ninguno

Add comment Mayo 7, 2008

pasos para crear una empresa

Pasos para crear una empresa

A la hora de poner en marcha una empresa es necesario tener bien elegida la idea de negocio y el plan estratégico de desarrollo. Expansión & Empleo le ofrece una detallada descripción de los puntos que no hay que olvidar.

E&E / Madrid.

1. EN BUSCA DE LA IDEA
Debe ser realista y poder presentarse como viable. No se trata de encontrar un negocio que revolucione el mercado, sino de detectar un hueco, una oportunidad que nadie haya aprovechado.

2. PLAN DE NEGOCIO
Consiste en plasmar la idea en papel dejando claros qué objetivos quiere alcanzar la empresa y cómo piensa lograrlo. Sirve para estudiar y planificar la viabilidad técnica, económica y financiera del proyecto. Es también la tarjeta de presentación del empresario ante posibles colaboradores, entidades bancarias, inversores, Administraciones…

Debe incluir:
a) Descripción de la empresa y del producto o servicio que va a realizar.
Aquí hay que incluir también si se posee la patente o marca, la localización de la empresa y los criterios por los que lo ha elegido.
b) Estudio de mercado.
Demostrar que existe una oportunidad de negocio. Es una labor de investigación a partir de datos externos. Hay que tener claro a qué mercado se dirige la empresa y quiénes serán sus clientes potenciales. Debe contemplar toda la normativa legal aplicable a la actividad que va a desarrollar la empresa y los permisos y autorizaciones que deberá tramitar.
c) Plan de márketing.
- Definir la cobertura del mercado.
- Analizar la necesidad de distribuidores o intermediarios.
- Elaborar un listado de posibles clientes.
- Describir las técnicas de venta, políticas de descuento y formas de cobro.
- Establecer las líneas de publicidad y relaciones públicas.
- Diseñar las campañas de márketing con sus objetivos.
d) Definición de los medios técnicos.
Establecer los medios técnicos que se necesitan para poner en marcha una empresa, su coste y su financiación. Debe completarse con un Plan de Compras que planifique la gestión de las compras y su almacenaje.
e) Organización y Recursos Humanos.
Servirá para definir el organigrama y distribuir las tareas, los puestos de trabajo y las correspondientes funciones y sus responsables. Seleccionados los empleados, conviene asesorarse sobre la modalidad de contratación.
f) Estudio ecónomico financiero.
Es necesario determinar cuáles serán los fondos necesarios para poner en marcha la empresa y cómo se va a obtener el capital.
g) Aspectos formales y estructura legal.
- La persona física: Es el propietario único de la empresa, que dirige, gestiona y percibe todos sus beneficios.
- La persona jurídica:Organización de un grupo de personas que desarrollan las funciones propias de la actividad empresarial.
h) Los trámites
Sea cual fuere la forma jurídica adoptada, hay que solicitar al Ayuntamiento o Junta Municipal correspondiente una licencia municipal de apertura (Licencia de Actividades e Instalaciones). Si el local necesita reformas será necesaria, además, una Licencia de Obras.

Si se adopta la forma de empresario individual:
- Requisitos previos: Ser mayor de edad y tener libre disposición de bienes propios.
- Principales trámites:
- Alta en el censo de obligados tributarios (modelo 036).
-Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

En su momento oportuno, se procederá a:
- Pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
- Declaración-liquidación de las retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
- Declaración-liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
- Declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
- Ingreso de las cotizaciones al Régimen correspondiente del Sistema de la Seguridad Social.

Si se va a contratar trabajadores:
- Inscripción de la empresa en la Seguridad Social.
-Afiliación y alta de trabajadores al Régimen General de la Seguridad Social.
-Comunicación de apertura de centro de trabajo.
-Libro de visita.

Si se opta por la forma de sociedad mercantil (persona jurídica):
- Requisitos previos: La forma jurídica más utilizada es la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.) que debe poseer un capital mínimo de 3.005,06€, totalmente suscrito y desembolsado. Este tipo societario presenta una figura alternativa, la Sociedad Limitada Nueva Empresa (S.L.N.E.), cuyo capital no podrá ser inferior a 3.012€ ni superior a 120.202€. La Sociedad Anónima (S.A.) necesita un capital mínimo de 60.101,21€, totalmente suscrito y desembolsado al menos en un 25% del valor nominal de cada acción en el momento de su constitución.
- Principales trámites ( sociedad limitada ):
Certificación negativa del nombre (el nombre elegido no pertenece a otra sociedad constituida).
Justificante de depósito bancario del capital social.
Otorgamiento de la escritura pública y estatutos sociales ante notario.
Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (modelo 600).
Inscripción en el Registro Mercantil.
Alta en el censo de obligados tributarios (modelo 036).
Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (modelo 840): durante los dos primeros años, la sociedad está exenta de pago y, a partir del tercer año, está obligada al pago del impuesto siempre que la cifra de negocio de la sociedad alcance el millón de euros.

Sociedad Limitada Nueva Empresa, la mayoría de estos trámites (e incluso algunos relacionados con la Seguridad Social) se cumplimentan por medios telemáticos y electrónicos a través de los PAIT (Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación).

- En su momento oportuno, se procederá a:
Declaración-liquidación de las retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades.
Declaración-liquidación del Impuesto sobre Sociedades.
Ingreso de las cotizaciones al Régimen correspondiente del Sistema de la Seguridad Social.

- Si se va a contratar trabajadores:
Los mismos pasos que en la forma de empresario individual.

Fuente: Federación Madrileña de Asociaciones de Jóvenes Empresarios (AJE Federación Madrileña)

Add comment Mayo 6, 2008

direcciones de interes para mujeres emprendedoras

Sitio Telefono Enlace
Federacion Española de Mujeres Empresarias www.femenp.net
Mujeres Europeas de la Pequeña y Mediana Empresa www.fem-pme.com
El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación www.mae.es
Ministerio de Administraciones Públicas www.map.es
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales www.mtas.es
Servicio Publico de Empleo Estatal (INEM) www.inem.es
Instituto de la Mujer www.mtas.es/mujer/
Diseño de Paginas web www.HumbertoCarpio.co

Add comment Abril 28, 2008

concesion y convocatoria :emprender femenino

BOE núm. 140 Martes 13 junio 2006 22639
10550 ORDEN TAS/1843/2006, de 5 de junio, por la que se establecen
las bases de concesión y se convocan las subvenciones
al empleo «Emprender en Femenino» del Instituto de
la Mujer para fomentar la inserción laboral por cuenta
propia de las mujeres.
El Instituto de la Mujer, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales, creado por la Ley 16/1983, de 24 de octubre,
tiene como finalidad primordial promover y fomentar las condiciones
que posibiliten la igualdad social entre ambos sexos y la participación de
las mujeres en la vida política, cultural, económica y social, cobrando
especial relevancia la función de garantizar la igualdad en materia de
empleo y relaciones laborales.
En esta misma línea la Orden PRE/525/2005, de 7 de Marzo, por la que
se da publicidad al Acuerdo de Consejo de Ministros, por el que se adoptan
medidas para favorecer la igualdad de mujeres y hombres, establece
que el 60 por ciento de las acciones del Plan Nacional de Acción para el
Empleo, se dirijan a mujeres.
Por otra parte, entre las actuaciones propuestas en el IV Plan de Igualdad
de Oportunidades entre Mujeres y Hombres para el período 2003-
2006, se encuentran las dirigidas a apoyar la puesta en marcha de proyectos
empresariales y la concesión de incentivos a mujeres empresarias
para la consolidación de pequeñas empresas.
En este sentido, la inserción laboral de las mujeres, especialmente las
que se encuentran en riesgo de exclusión, mediante el apoyo a la creación
y consolidación de iniciativas empresariales constituye uno de los objetivos
prioritarios de la Secretaría General de Políticas de Igualdad y del
Instituto de la Mujer.
Por último, el Programa Nacional de Reformas de España para el
período 2005-2010, establece entre sus objetivos potenciar la iniciativa
emprendedora de toda la sociedad y la mejora de la empleabilidad de las
mujeres.
Con este fin, vista la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
y el Real Decreto 2225/1993 de 17 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento de procedimiento para la concesión de subvenciones
públicas, en cuanto no se oponga a lo establecido en la Ley 38/2003
General de Subvenciones, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/
1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAP-PAC), en la
versión dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se dicta la presente Orden
por la que se convoca la 11.ª Edición de las subvenciones «Emprender en
Femenino».
En su virtud, previo informe de la Abogacía del Estado en el Departamento
y de la Intervención Delegada de la Intervención General de la
Administración General del Estado, dispongo:
Artículo 1. Objeto.
Con objeto de fomentar la inserción laboral por cuenta propia de las
mujeres, mediante la presente Orden Ministerial, se establecen las bases
reguladoras para la concesión de las subvenciones al empleo «Emprender
en Femenino» dirigidas a mujeres que se hayan constituido como trabajadoras
autónomas o que hayan creado una sociedad, cualquiera que sea la
forma jurídica que adopten, y se convoca su concesión en régimen de
concurrencia competitiva.
Artículo 2. Financiación.
Las subvenciones, cuya concesión se regula en la presente Orden
Ministerial, serán financiadas con cargo a la partida presupuestaria
19.105.232B.471del Instituto de la Mujer para el año 2006 y corresponden
a la actuación «Subvenciones Emprender en Femenino» de los Programas
Operativos «Lucha contra la discriminación para los objetivos 1 y 3»,
cofinanciados por el Fondo Social Europeo en un 75 % y 50 % del coste
total, respectivamente.
Artículo 3. Cuantía de la ayuda.
a) La cuantía de la ayuda vendrá determinada por el importe total,
sin incluir el IVA, de los gastos justificados especificados en el art. 10, y
oscilará entre un mínimo de 6.000 y un máximo de 12.000 euros cada una,
hasta un total de setecientos sesenta y ocho mil ochenta y ocho euros
(768.088 €) para promover el autoempleo de mujeres en las zonas españolas
de objetivo 1 y de quinientos dos mil doscientos sesenta y cuatro euros
(502.264 €), para la misma finalidad en las zonas españolas de objetivo 3.
b) En el caso de que al distribuir el crédito entre las beneficiarias
según la puntuación obtenida quedase un resto inferior a 6.000 euros,
dicho importe no podrá ser atribuido a solicitante alguna.
c) Para el supuesto de que las beneficiarias constituyan una sociedad
o comunidad de bienes, sólo se otorgará una única ayuda por sociedad
o comunidad.
Artículo 4. Beneficiarias y requisitos.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente
convocatoria todas aquellas mujeres que, en el momento de la publicación
de la presente Orden, cumplan los siguientes requisitos:
a) Que hayan iniciado su actividad en el período comprendido entre
el 1 de Enero de 2.005 y la fecha de publicación de esta Convocatoria en
el Boletín Oficial del Estado. A efectos del cómputo de este plazo se tendrá
en cuenta la fecha de entrada del Alta en el Impuesto de Actividades
Económicas. En el caso de que hubiera varias altas, se tendrá en consideración
el de la actividad principal que coincidirá con aquélla para la que se
ha solicitado la ayuda.
En los casos de exención de Alta de este impuesto que contempla la
Ley 51/2002, de 27 de diciembre, de reforma de la Ley 39/1998, de 28 de
diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, se tendrá en cuenta para
computar la fecha de inicio de la actividad, la fecha de entrada que conste
como tal en la Declaración Censal.
b) Que dicha actividad esté relacionada con alguno de los sectores
siguientes: industria, construcción, nuevas tecnologías, medio ambiente,
y conciliación de la vida laboral y familiar (servicios a personas dependientes).
c) Que hayan creado su propio puesto de trabajo y que en el
momento de publicación de la Orden estén realizando la actividad.
d) Que estén dadas de alta en el Régimen correspondiente de la
Seguridad Social o en el que legal o estatutariamente le corresponda en el
período comprendido entre el 1 de Enero de 2.005 y la fecha de publicación
de la convocatoria.
e) Que hayan realizado, en el momento de la publicación de la presente
Orden, unos gastos mínimos de 6.000 €, sin computar el IVA, en los
conceptos que se especifican en el artículo 10 de la misma.
f) Que se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias y de
Seguridad Social.
g) En el caso de las mujeres que hayan constituido sociedades o comunidades
de bienes, sólo podrán presentarse aquéllas que, a la fecha de publicación
de esta Convocatoria, dispongan de una plantilla inferior a 50 trabajadores,
y que además cumplan conjuntamente los siguientes requisitos:
Que la administración sea ejercida únicamente por mujeres.
Que el 100% del capital social esté suscrito por mujeres.
Artículo 5. Incumplimiento de los requisitos.
Las solicitantes que no reúnan los requisitos exigidos en el artículo 4
no podrán obtener la condición de beneficiarias de la subvención.
Tampoco, podrán obtener la condición de beneficiarias las solicitantes
que incurran en alguna de las prohibiciones que aparecen recogidas en el
artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
Artículo 6. Lugar y plazo de presentación de Solicitudes.
Las solicitudes de las subvenciones se formalizarán, a nombre de la
titular de la actividad o de todas las socias en el caso de sociedades o
comunidades de bienes, o del representante legal (persona que ostenta un
poder notarial para solicitar subvenciones ante la Administración en
nombre de otra persona física). Se presentarán en modelo normalizado
(anexo I), y se acompañarán de: la memoria normalizada (anexo IV), la
memoria personalizada (anexo V), los anexos II, III, (este último excepto
en el caso de las sociedades y comunidades de bienes) y el anexo VI, además
de la documentación obligatoria especificada en el artículo siguiente.
Tanto la solicitud como los anexos se encuentran disponibles en la página
web del Instituto de la Mujer www.mtas.es/mujer.
Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Instituto
de la Mujer, calle Condesa de Venadito, n.º 34, 28027 Madrid, así como en
los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación será de quince días naturales, contados desde
el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial
del Estado».
El teléfono de información es el 900-19-10-10.

Add comment Abril 28, 2008

igualdad de oportunidades

El Gobierno aprueba el Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades para el periodo 2008-2011

El presupuesto de este Plan, correspondiente a las actuaciones financiadas por la Administración General de Estado, asciende a 3.690.249.738

PLAN ESTRATÉGICO DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES 2008-2011

14 dic. 07.- El Consejo de Ministros, ha aprobado el Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades para el periodo 2008-2011, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, que establece que “el Gobierno, en las materias que sean de la competencia del Estado, aprobará periódicamente un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades, que incluirá medidas para el objetivo de igualdad entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo”.

Por Acuerdo del Consejo de Ministros, de 27 de abril de 2007, se creó una Comisión Interministerial de Igualdad entre mujeres y hombres para  elaborar la propuesta del Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades  e impulsar  el desarrollo y aplicación  de la Ley Orgánica 3/2007 en el ámbito de la Administración General del Estado. La referida Comisión se constituyó el 22 de mayo de 2007, y está presidida por la Secretaría General de Políticas de Igualdad.

En la elaboración y tramitación del Plan, además de las observaciones que han planteado los distintos Ministerios que conforman la Comisión,   se ha realizado un trámite de participación ciudadana y social a través de las principales asociaciones y organizaciones de ámbito estatal cuyo objetivo es la igualdad entre mujeres y hombres.

El Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades, que constituye el principal instrumento de desarrollo de la Ley Orgánica 3/2007 en el ámbito de la Administración General del Estado, tiene una vigencia de cuatro años (2008-2011). Este Plan Estratégico se articula en torno a doce Ejes: participación política y social, participación económica, corresponsabilidad, educación, innovación, conocimiento, salud, imagen, atención a la diversidad e inclusión social, violencia de género, política exterior y de cooperación, y tutela del derecho a la igualdad.

Estos doce ejes se regirán por cuatro principios rectores que actuarán a modo de “armazón” básico: redefinición de un modelo de ciudadanía de acorde con los tiempos actuales, el empoderamiento de las mujeres, la transversalidad de género y el reconocimiento de la innovación científica y técnica como fuerza de cambio social. En cada Eje se establece un marco teórico explicativo, un diagnóstico sobre la situación, los objetivos estratégicos y las propuestas de actuación.

El presupuesto del Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades correspondiente a las actuaciones financiadas por la Administración General del Estado, para el periodo 2008-2011, asciende a 3.690.249.738 euros. El presupuesto del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para el ejercicio 2008 se eleva a más de 159 millones de euros.

Add comment Abril 28, 2008

instituto de la mujer

marca

Este programa está promovido por el Instituto de la Mujer en colaboración con la Dirección General de la Pequeña y Mediana Empresa (DGPYME) del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (La Caixa)

En su funcionamiento colaboran las siguientes Organizaciones Empresariales de Mujeres: La Federación Española de Mujeres Empresarias, de Negocios y Profesionales (FEMENP), la Fundación Internacional de la Mujer Emprendedora (FIDEM), la Organización de Mujeres Empresarias y Gerencia Activa (OMEGA), la Unión de Asociaciones de Trabajadoras Autónomas y Emprendedoras (UATAE), Fundación Laboral WWB en España (Banco Mundial de la Mujer), Fundación Mujeres y la Federación de Mujeres Progresistas.

El Programa cuenta con la cofinanciación del Fondo Social Europeo.

Objetivo:
Su objetivo es apoyar a las emprendedoras y empresarias en sus proyectos empresariales, facilitándoles el acceso a una financiación en condiciones ventajosas y sin necesidad de avales. La línea de crédito del Programa asciende a 6.000.000 €.
A quién va dirigido:
A emprendedoras y empresarias:

  • Que inicien su actividad o la hayan iniciado en un período inferior a un año. Excepcionalmente, dicho período podrá ser de dos años, siempre y cuando no se trate de una refinanciación.
  • Que presenten un plan de empresa según el modelo establecido  y un certificado de validación emitido por alguna de las Organizaciones de Mujeres participantes en el programa.
  • Que más del 50% del capital social de la empresa corresponda a mujeres.
Condiciones de los Microcréditos
Importe máximo: 15.000 € (Ampliable a 25.000 € en ocasiones debidamente justificadas).
Plazo de amortización:5 años, más 6 meses de carencia optativos.
Tipo de interés: 5% fijo durante toda la vida de la operación.
Comisión de apertura: 0′50%
Comisión de estudio: 0′25%
Comisión cancelación anticipada: 0%
Financiación máxima: 95% del coste total del proyecto
Procedimiento:
Las mujeres interesadas podrán dirigirse a cualquiera de las Organizaciones Empresariales de Mujeres que actúan como oficinas gestoras, donde se les proporcionará la información y asesoría necesarias y el modelo de solicitud al que deberán acompañar un plan de empresa. Realizado el análisis técnico del plan de empresa, la Organización de Mujeres gestora emitirá, en su caso, un certificado de validación del proyecto. El proyecto, junto con el certificado de validación y la documentación que les sea solicitada, se enviará a la Caixa que estudiará la petición y se pondrá en contacto con las beneficiarias del microcrédito.
Una vez constituído el microcrédito, las emprendedoras y empresarias podrán beneficiarse de un asesoramiento personalizado y a la carta, que será impartido por las Organizaciones de Mujeres colaboradoras durante un periodo de 2 años.

Add comment Abril 28, 2008

el dificil reto de los discapacitados

Noticias
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El difícil reto de una persona con discapacidad para encontrar un empleo
Por contratación ordinaria, en centros especiales de empleo o por cuenta ajena; son algunas de las vías para que personas con discapacidad encuentren trabajo. En España, dos de cada tres empresas incumplen el porcentaje que dicta la ley

Add comment Abril 26, 2008

dificil reto para los discapacitados

Sólo durante los cinco primeros meses de este año, la fundación ONCE ha creado más de 1.800 puestos de trabajo para personas con discapacidad en toda España. En Mallorca, a través de un centro especial de empleo del Grupo Sifu, otras 45 personas con diversas discapacidades se acaban de incorporar a la plantilla de una empresa constructora de la zona. Y hace unos días, la confederación de organizaciones Feaps

explicaba que más de 500 personas con discapacidad intelectual consiguieron un empleo en Andalucía a través del servicio de mediación de la entidad.

La contratación directa por parte del empresario, la mediación de los centros especiales de empleo y la cuenta ajena son las principales maneras por las que las personas con algún tipo de discapacidad pueden acceder a un empleo.

 

Glosario
Centro especial de empleo. Es una empresa de economía social que promueve la inclusión laboral de personas con discapacidad. Su estructura se asemeja a la de una empresa ordinaria y su plantilla debe formarse con un mínimo del 70% de trabajadores con discapacidad. 

Esta variedad de propuestas puede llevar a la conclusión de que encontrar trabajo no es algo muy difícil para una persona con discapacidad y más aún si además cuentan con la LISMI, la Ley de Integración Social de Minusválidos que desde hace más de veinte años obliga a las empresas con más de 50 empleados a reservar el 2% de los puestos de trabajo, como mínimo, a personas con discapacidad. Pero nada más lejos de la realidad.

Como explica el Grupo Sifu, un centro especial de empleo que da trabajo a 2.000 personas con discapacidad, la contratación de personas con discapacidad en el Estado español vive una “situación muy precaria”. En estos momentos, de hecho, hay 500.000 personas que a pesar de su discapacidad podrían trabajar pero no lo hacen porque no tienen la oportunidad, añaden desde el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).

En opinión del Grupo Sifu, “la integración de las personas con discapacidad en el mundo laboral es uno de los principales retos que se plantea actualmente la sociedad española. Un 9% de la población tiene algún tipo de discapacidad y casi siete de cada diez discapacitados pertenecientes a la población activa se encuentran en paro”, dice.

Una de las principales causas de esta situación es que dos de cada tres empresas españolas no cumple el porcentaje obligatorio del 2% que la Lismi obliga a reservar para personas con discapacidad. El dato lo daba hace unos días el II Observatorio sobre Empresa y Discapacidad 2006 (pdf) realizado por el Grupo Sifu, que advierte que aunque el 96% de los empresarios admite conocer la normativa sólo el 32% la cumple.

“Con el cumplimiento de la ley daríamos un paso cualitativo y cuantitativo muy importante en la inserción sociolaboral del colectivo”, señala la entidad. En la actualidad, y según datos del Observatorio sobre Empresa y Discapacidad, la población discapacitada representa el 1,1% de las plantillas de las empresas. Desde el mundo empresarial, en cambio, responden que encuentran “muchas dificultades en el camino” para cumplir la Lismi y dicen que aún hay “miedo a que el candidato no cumpla el perfil requerido en la vacante”. Más de la mitad afirma que tienen dificultades para encontrar a este tipo de personal y sólo el 12% dice contar con poca información, destacan desde el Observatorio.

Intervención pública

Para cambiar la situación, desde entidades como Grupo Sifu apuestan por “crear canales de comunicación entre las empresas que no saben como encontrar a personas con discapacidad y esas personas que tienen verdaderos problemas para integrarse laboralmente”. Un posible vía son, por ejemplo, los centros especiales de empleo, conocidos por las empresas pero que en estos momentos sólo representan el 9,1% de los servicios contratados por las compañías.

En este contexto, las organizaciones piden más implicación al Gobierno. Según el CERMI, la administración central puede mejorar el acceso al empleo de las personas con discapacidad a través del Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público, que ya ha sido aprobado por el Congreso.

Este texto, dice el CERMI, recoge “de forma muy insuficiente los aspectos sociales que pueden favorecer desde la contratación pública al sector de la discapacidad” e “ignora las demandas fundamentales de la discapacidad”, ya que no impide a las empresas que no cumplan la cuota del 2% presentarse a licitaciones públicas, ni estable como condición a las empresas reservar un porcentaje de los contratos a centros especiales de empleo, entre otros.

Add comment Abril 26, 2008

Día del emprendedor

Abril 24, 2008 at 9:48 am (Autoempleo)

5 de Mayo, Día del Emprendedor Comunidad Valenciana
En el Palacio de Congresos de Valencia
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El 5 de Mayo ha sido la fecha escogida para la celebración de la III Edición del Día del Emprendedor de la Comunidad Valenciana.
La macrojornada que se celebrará en el Palacio de Congresos de Valencia consistirá en una amplia programación de actividades, en las que se han incluido importantes novedades respecto a años anteriores que, sin duda, sorprenderán a los emprendedores que asistan. 

El Día del Emprendedor” en la Comunidad Valenciana consistirá en una “macrojornada” en la que el protagonismo principal corresponderá a los emprendedores, es decir, a aquellas personas que se proponen crear una empresa o que han promovido ya, recientemente, la creación de la suya.

El “Día del Emprendedor” es una iniciativa de la Secretaría General de Industria del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través de la Dirección General de Política de la PYME, que ha decidido impulsar, de nuevo, en el año 2008 su celebración en la mayor parte de las Comunidades Autónomas, dado el efecto positivo que puede tener para el reconocimiento social de los emprendedores en España.

El proyecto “Día del Emprendedor” en la Comunidad Valenciana nace con la misión de fortalecer la “actividad emprendedora” en todas sus manifestaciones y configurar de una manera inequívoca el conjunto de entidades y empresas relacionadas e interesadas en el sector.

programa

Web Emprenem junts

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